Licencias de Pesca

Ser jubilado o menor de 16 años con autorización paterna.

JUBILADO: Aportar fotocopia de Resolución de la Seguridad Social como pensionista de jubilación. Se puede aportar presencialmente o por correo electrónicamente (margarita.cristobalarias@asturias.org).

MENOR DE EDAD:  Aportar fotocopia del Libro de Familia de la hoja donde figure el nombre de los padres y la hoja donde figure el menor.

Se puede pescar el pulpo desde el 1 de marzo a 31 de octubre.

2 ejemplares mínimo de 1 Kg.

Los meses de Julio, agosto, septiembre y octubre se puede pescar 3 ejemplares.

Las licencias tienen las siguientes caducidades:

  • Costa y embarcación: 5 Años
  • Pesca submarina: 2 Años

Subvenciones

En el nuevo FEMP 2014-2020 existe una convocatoria anual de subvenciones, que una vez publicada en el BOPA establece un plazo máximo para la presentación de solicitudes.

En cualquier momento desde la fecha de la comunicación de la concesión de la ayuda hasta la fecha límite que figura en la resolución de la concesión, siempre que se acompañe a la solicitud de pago con la siguiente documentación:
La indicada en las bases para justificar la realización y el pago de la inversión objeto de la ayuda.
Certificaciones de que el beneficiario está al corriente de pagos en cuanto a sus oblicaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Titulaciones

Los exámenes para obtención de titulaciones para gobierno de embarcaciones de recreo se convocan cada año a través de Resolución publicada en el BOPA a primeros de octubre, y los exámenes se celebran entre enero y mayo.