Licencias de pesca
Decretos
En atención al cumplimiento de la disposición adicional del DECRETO 25/2006, de 15 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en el Principado de Asturias, las licencias de pesca marítima de recreo, expedidas por la Administración del Estado y otras Comunidades Autónomas con competencias en la materia, serán válidas en las aguas marítimas del Principado. Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, las personas autorizadas deberán ajustar su actividad a las normas de este Decreto, lo que en su caso incluirá, de haberse dispuesto su obligatoriedad, a disponer de las autorizaciones adicionales, seguros, certificados médicos, u otros requerimientos establecidos en este Decreto para las distintas modalidades de pesca marítima de recreo.
Asimismo, le recordamos que, tras la publicación del Real Decreto 214/2026, de 18 de marzo, por el que se regula la presentación de solicitudes, declaraciones y comunicaciones a través de medios electrónicos en las reservas marinas de interés pesquero y para la pesca de recreo, la utilización de la APP PescaREC es obligatoria a partir del día 20 de marzo de 2026.
Por ello, de conformidad con la normativa vigente, el disfrute de la licencia queda condicionado al cumplimiento de la obligación de registrar las capturas realizadas mediante la aplicación PescaREC.
